El plan de paternidad en el divorcio de Georgia
Aprenda acerca de un Plan de Crianza que es una parte requerida de cada divorcio en Georgia que implica la coparentalidad de los hijos menores de edad.
¿Qué es un plan de parentalidad?
Un Plan de Crianza es requerido por el estado de Georgia en un acuerdo de custodia. Todas las decisiones relativas a la custodia, visitas, y cómo los niños van a ser criados deben ser incluidos en el Plan de Crianza.
Finalidad del Plan
La finalidad del Plan es establecer una plataforma básica para la nueva situación de crianza compartida. En el sitio web DivorceNet puede encontrarse otra definición que reza: "Un plan de paternidad describe las necesidades del menor y cómo debe dividirse el tiempo de éste entre los progenitores. Asigna la autoridad de toma de decisiones entre los progenitores y explica los parámetros del acceso de cada progenitor al niño, incluida la custodia legal y física."
Creación del plan de parentalidad
En general, su plan puede ser como usted y su cónyuge decidan elaborarlo. Todo plan de paternidad será sometido a un cierto nivel de escrutinio por parte del tribunal. Por consiguiente, puede ser cuestionado, reconsiderado y modificado. Un juez de divorcio tiene autoridad para intervenir en cualquier aspecto del Plan.
Plantilla y hoja de cálculo del plan de parentalidad
Si usted está pronto a solicitar el divorcio en Georgia es posible que desee ver esta hoja de trabajo Plan general. Debido a que cada pareja que se divorcia tiene un conjunto algo único de circunstancias que usted debe confiar en su abogado de divorcio para crear una versión final.
Hay una multitud de cosas que su abogado puede abordar y que no están cubiertas en una hoja de trabajo general. Su abogado de divorcio puede ayudarle a evitar errores comunes, incluyendo cosas que pueden surgir en el futuro. Si su situación cambia su abogado de divorcio puede ayudarle a hacer una modificación formal de la sentencia de divorcio.
Leyes de Georgia sobre planes de paternidad
El ámbito de la legislación de Georgia que regula los planes Parentig se encuentra en O.C.G.A. 19-9-1. En concreto, la ley dice lo siguiente:
- (a) Excepto cuando uno de los padres solicite una medida de emergencia por violencia familiar conforme a la Sección 19-13-3 o 19-13-4 del Código, en todos los casos en los que la custodia de cualquier menor esté en disputa entre los padres, cada uno de ellos preparará un plan de crianza o las partes podrán presentar conjuntamente un plan de crianza. Quedará a discreción del juez determinar cuándo se exigirá a una de las partes que presente un plan de crianza al juez. Se exigirá un plan de crianza para las acciones de custodia permanente y modificación y, a discreción del juez, podrá exigirse para las audiencias temporales. El decreto final en cualquier acción legal que implique la custodia de un menor, incluidas las acciones de modificación, incorporará un plan de crianza permanente.
- (b) (1) A menos que el juez ordene lo contrario, un plan de crianza incluirá lo siguiente:
- (A) El reconocimiento de que una relación paterno-filial estrecha y continuada y la continuidad en la vida del menor redundarán en beneficio de éste;
- (B) Un reconocimiento de que las necesidades del niño cambiarán y crecerán a medida que el niño madure y demostrar que los padres harán un esfuerzo de crianza que tenga en cuenta esta cuestión para que las futuras modificaciones del plan de crianza se reduzcan al mínimo;
- (C) El reconocimiento de que el progenitor con la custodia física tomará las decisiones cotidianas y de emergencia mientras el menor resida con dicho progenitor; y
- (D) Que ambos progenitores tendrán acceso a todos los expedientes e información del menor, incluidos, entre otros, los relativos a educación, salud, seguro médico, actividades extraescolares y comunicaciones religiosas.
- (2) A menos que el juez ordene lo contrario, o las partes lo acuerden, un plan de crianza incluirá, entre otras cosas
- (A) Dónde y cuándo estará el menor bajo el cuidado físico de cada progenitor, designando dónde pasará el menor cada día del año;
- (B) Cómo se pasarán con cada progenitor los días festivos, cumpleaños, vacaciones, recesos escolares y otras ocasiones especiales, incluyendo la hora del día en que comenzará y terminará cada evento;
- (C) Arreglos de transporte, incluyendo cómo se intercambiará el niño entre los padres, el lugar del intercambio, cómo se pagarán los gastos de transporte y cualquier otro asunto relacionado con el tiempo que el niño pase con cada uno de los padres;
- (D) Si se necesitará supervisión para cualquier tiempo de custodia y, en caso afirmativo, los detalles de la supervisión;
- (E) Una asignación de la autoridad para tomar decisiones a uno o ambos progenitores con respecto a la educación, la salud, las actividades extraescolares y la educación religiosa del niño y, si los progenitores están de acuerdo en que los asuntos deben decidirse conjuntamente, cómo resolver una situación en la que los progenitores no estén de acuerdo en la resolución;
- (F) Qué limitaciones, en su caso, existirán mientras uno de los progenitores tenga la custodia física del menor en cuanto al contacto del otro progenitor con el menor y al derecho del otro progenitor a acceder a información sobre educación, salud, actividades extraescolares y religión en relación con el menor; y
- (G) Si un progenitor militar es parte en el caso:
- (i) Cómo gestionar la transición de la custodia física temporal del menor a un progenitor no desplegado si el progenitor militar está desplegado;
- (ii) La forma en que el menor mantendrá un contacto continuo con el progenitor desplazado;
- (iii) Cómo puede delegarse el tiempo de custodia de un progenitor desplazado a su familia extensa;
- (iv) Cómo se reanudará el plan de parentalidad una vez que el progenitor desplegado regrese de su despliegue; y
- (v) Cómo las divisiones (i) a (iv) de este subapartado sirven al interés superior del niño.
- (c) Si las partes no pueden llegar a un acuerdo sobre un plan de crianza permanente, cada parte deberá presentar y notificar una propuesta de plan de crianza en o antes de la fecha fijada por el juez. El incumplimiento de la presentación de un plan de crianza puede dar lugar a que el juez adopte el plan de la parte contraria si el juez considera que dicho plan redunda en el interés superior del menor.

